Mudarse en tiempos de covid-19 ha sido difícil, pero el sector vuelve "mas o menos" a la normalidad después de haber estado en un limbo legislativo y de cierto "caos" durante el confinamiento.
El sector de las mudanzas se vió afectado (como tantos otros) por la falta de claridad legislativa o más bien, por la falta de una en concreto que regulase este sector. Y eso que mudarse, durante el confinamiento, tenía más sentido que nunca.
Si tenías previsto un cambio de casa que supusiera una mejora, el confinamiento hacía que la necesidad de mudarse fuera mayor (¿cuando ibas a disfrutar tanto de tu casa nueva?), o si la mudanza estaba provocada por una situación de crisis personal como una separación o un divorcio, el confinamiento ha podido ser una situación aún más difícil de lo normal si ha visto interrumpido un proceso de mudanza.
Eso por no hablar del coste que supone tener una mudanza parada. Que se sepa, la prórroga automática (vía decreto extraordinario) del alquiler de la casa en la "nos pillo" el confinamiento no eximía del pago de su renta así que ha habido gente que ha tenido que pagar los gastos de mantenimiento de dos inmuebles. Y no están los tiempos para gastos extras.
Normativa relativa de las mudanzas durante el estado de alarma
Pero ¿que dice la norma al respecto? El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma no habla expresamente de las mudanzas, aunque sí recoge aspectos que la afectan.
El artículo 14, que se refiere al transporte de mercancías no hace excepción alguna con las mudanzas, así que el transporte de los enseres personales (la mudanza) estaban permitidos al considerarse una actividad esencial.
Por otro lado, el artículo 7, el que regula la movilidad contemplaba el "retorno a la residencia habitual" y las "causas de fuerza mayor" como justificación para el desplazamiento. Supuestos, que pueden comprender una mudanza.
Según Fedem (la Federación Española de Mudanzas), el problema, o más bien el caos, ha venido de aquí.
¿Cuáles eran las causas de fuerza mayor?
No ha habido durante el estado de alarma una definición concreta de lo que era una causa de fuerza mayor. Nada parecido a un listado o razones concretas a las que atenerse de forma clara.
Así las cosas, la interpretación de lo que era una "causa de fuerza mayor" la hacían los ayuntamientos y su policía local lo que daba lugar a distintas interpretaciones incluso en la misma provincia.
Para algunos, la firma reciente de una escritura de propiedad o el cese contrato de alquiler era causa de fuerza mayor pero para otros no lo era. Los contratos de alquiler han gozado de prórrogas automáticas debido al estado de alarma así que, para algunos, su cese no parecía causa suficiente.
El resultado ha sido que ha habido momentos en que mudarse en Bilbao, Valencia o La Coruña (algunos de los Ayuntamientos mas flexibles según Fedem) estaba permitido, pero en Santiago de Compostela y en Madrid -con los Ayuntamiento más restrictivo en esta cuestión- no lo era.
En algunas ciudades como en Bilbao, nos confirman que el servicio de mudanzas por causa justificada solo se paralizó durante las dos semanas más duras del confinamiento en el que cesó toda actividad no esencial.
En Madrid en cambio, la actividad aún con causa justificada se enfrentaba al riesgo a ser multado por la policía e incluso, denunciado por porteros de las fincas de comunidad (algo que ha ocurrido en alguna ocasión). Y en Madrid no ha habido cierta "normalidad" hasta el pasado 20 de mayo.
Madrid ha sido el ayuntamiento en el que más complicado ha sido hacer una mudanza durante el estado de alarma
A falta de legislación clara, el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad de Madrid a través de una nota informativa recordaba que no era recomendable hacer mudanza pero matizada "salvo que sea de urgente necesidad" (remitiéndose a la norma general).
En esta nota recordaba que la ocupación de la vía pública por varias personas para llevar a cabo una mudanza constituía un riesgo para la salud pública.
Además de esta causa señalaba otra causa que impedía hacer una mudanza durante el confinamiento y es que el Ayuntamientos no podía garantizar la reserva del espacio público para ese fin porque"las restricciones a la libre circulación resultan incompatibles con la ocupación del espacio público para la realización de las mudanzas". O lo que es lo mismo, si los ciudadanos no pueden desplazarse no tienen obligación de mover sus vehículos para dejar libre el espacio para que se pueda hacer una mudanza.
Estos fueron los motivos que llevaron al Ayuntamiento de Madrid a denegar sistematicamente todos los permios de mudanza hasta el 20 de mayo, fecha en la que otra nota informativa del Área de Medio Ambiente y Movilidad de Madrid reconocía que la "movilidad ya está más normalizada" y a partir de entonces comenzaron a concederse las licencias para las mudanzas, aún reconociendo que " no se garantizará la reserva de espacio en la vía pública".
La solución la ofrecía la misma nota que continuaba que señalaba que "se podrá ocupar el carril de circulación, siempre que la actividad programada se vaya a realizar en calles o vías que dispongan de más de un carril en cada sentido o de dos carriles si fuera calle de una única dirección".
Lo que significa que en Madrid el camión de mudanzas puede aparcar en doble fila para llevar a cabo su actividad, salvo que ello supongo cortar la circulación de toda la vía.
Aún así recuerdan que las mudanzas deben llevarse a cabo con las medidas sanitarias pertinentes y se siguen reservando la facultad de revisar los motivos de la mudanza. Algo que sigue siendo aplicable a día de hoy a todo el Estado.
¿Puedo hacer una mudanza ahora con normalidad?
Con normalidad todavía no. Para hacer una mudanza y mientras dure el estado de alarma, sigue vigente lo que señala el Real Decreto que regula el estado de alarma por lo que solo se puede hacer una mudanza si hay un motivo de fuerza mayor que lo justifique y en caso de llevarse a cabo, la empresa responsable de la mudanza es la responsable de realizar la actividad con las medidas higiénicas y sanitarias adecuadas a los tiempos Covid-19.
En Madrid los motivos por los que hacer la mudanza sigue sometidos a un duro escrutinio (la nota del 20 de mayo dice, entre cosas, que los motivos presentados por la empresa de mudanzas deben justificar la excepcionalidad de la mudanza, y serán los técnicos los que valoraran estas circunstancias).
A pesar de ello, las empresas de mudanzas de Madrid consultadas nos confirman que ya se han flexibilizado los criterios para conceder los permisos oportunos y, en principio, se están considerados como motivos válidos para hacer la mudanza el cambio de domicilio habitual por compraventa de vivienda; el cambio de domicilio por cese de contrato de alquiler; o el cambio de domicilio motivado por razones laborales (siempre que haya un contrato laboral que lo justifique), lo que incluye incluso, las mudanzas a una provincia distinta, aunque estas no estén en la misma fase del confinamiento.
En otros ayuntamientos consultados (Bilbao y Valencia) y atendiendo a lo señalado por Fedem, las mudanzas también se están "normalizando" y los motivos antes mencionados son válidos en todas ellas.
Del trámite de los permisos (reserva de plaza y ahora justificar los motivos) se encargan, en principio las empresas de mudanza y de hecho, si no hay causa que justifique el traslado algunas empresas nos indican que no aceptan los encargos.
De todas maneras, mientras dure el estado de alarma y para evitar sorpresas desagradables conviene consultar a los Ayuntamientos afectados por la mudanza (el de origen y de destino) acerca de cada caso en cuestión y su viabilidad durante el estado de alarma. Porque cada caso es diferente y el confinamiento nos pilló "infraganti" dando lugar a un infinidad de situaciones.
Existen casos realmente peculiares como el de una familia al que el confinamiento les "pilló" visitando a los abuelos en Burgos días antes de su traslado definitivo a Gijón desde Alemania , en donde habían efectuado la oportuna mudanza con destino Gijón.
Este caso es doblemente complicado porque el estado de alarma supuso el cierre de fronteras y, por un lado el contenido de la mudanza se encontró retenido en Alemania, y por otros, ellos no podían desplazarse a Gijón al no estar allí empadronados; un trámite que suele hacerse unos días después de instalarse y para lo que necesitaban el libro de familia que en este caso se encontraba a buen recaudo en una de las cajas de mudanza. (la pescadilla que se muerde la cola)
Sea como sea, la buena noticia (vamos a quedarnos con lo bueno) es que son muchas las causas de mudanza que atienden a los criterios mencionados antes y que a día de hoy se admiten como causa de fuerza mayor. No hay que olvidar que contar con una vivienda digna es un derecho fundamental especialmente protegido en la constitución.
Eso si, no te extrañe ver alguna mudanza en doble fila, que aunque hayan pagado las tasas municipales no tendrán más remedio que adaptarse a lo que se encuentren, al menos, hasta que cese el estado de alarma.
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