
Un simple detalle fiscal puede convertirse en la clave para ahorrar miles de euros
En muchas familias, la vivienda representa mucho más que un patrimonio económico. Es el hogar donde se han construido recuerdos, el espacio que ha acompañado generaciones y, en numerosos casos, el mayor bien que unos padres pueden dejar a sus hijos. Sin embargo, transmitir una casa en vida no siempre resulta tan sencillo desde el punto de vista fiscal.
Así lo explica Jose Ramón López (@tu_blog_fiscal), experto fiscal, quien señala que donar una vivienda puede implicar el pago de una elevada cantidad en el IRPF si no se planifica correctamente. “La gente no lo sabe, pero si tus padres te donan una vivienda porque quieren ayudarte, van a tener que pagar una auténtica fortuna en IRPF”, explica el especialista.
El impuesto oculto que sorprende a muchas familias
Aunque pueda parecer contradictorio, Hacienda considera que una donación funciona, a efectos fiscales, de forma muy similar a una venta. Esto significa que, aunque los padres no reciban dinero por la vivienda, deben declarar igualmente la posible ganancia patrimonial obtenida con el paso de los años.
Es decir, si una vivienda fue comprada hace décadas por 100.000 euros y hoy tiene un valor de mercado de 300.000 euros, la Agencia Tributaria entiende que existe una ganancia patrimonial de 200.000 euros. Sobre esa diferencia se aplica la tributación correspondiente en el IRPF, lo que puede traducirse en decenas de miles de euros en impuestos.
La clave está en los 65 años
Sin embargo, la normativa española contempla una importante excepción que puede cambiar completamente la situación. Según explica el experto fiscal, si los padres esperan a cumplir los 65 años y la vivienda donada corresponde a su residencia habitual, la operación puede quedar exenta de tributar en el IRPF.
En otras palabras, no tendrían que pagar impuestos por la ganancia patrimonial acumulada durante años. Esta ventaja fiscal resulta especialmente relevante en un contexto en el que muchas viviendas han multiplicado su valor con el tiempo, sobre todo en grandes ciudades y zonas costeras.
"Si tus padres se esperan a tener 65 años, siempre que lo que te estén donando sea su vivienda habitual, está exento de IRPF", señala el especialista.
Qué condiciones deben cumplirse
Para beneficiarse de esta exención, es imprescindible que el inmueble haya sido la vivienda habitual de los padres. Además, deben haber cumplido los 65 años en el momento de realizar la donación. Los asesores fiscales recuerdan también que esta exención solo afecta al IRPF del donante. Quien recibe la vivienda deberá afrontar, en su caso, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya cuantía depende de cada comunidad autónoma.
Imagen de portada | @tu_blog_fiscal | Unsplash
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