La Audiencia Provincial de Málaga obliga a un propietario de Marbella a retirar un cerramiento de cristal sin autorización de la comunidad
Hay decisiones domésticas que parecen inofensivas hasta que acaban en los tribunales. Cerrar una terraza con cristales puede parecer una mejora estética o una buena idea contra el frío, pero si no se comunica a la comunidad, el coste puede ser muy alto.
Lo ha comprobado un vecino de Marbella, que decidió acristalar su terraza sin pedir permiso a nadie, por su propia cuenta. El resultado: una sentencia firme que le obliga a devolver la vivienda a su estado original y asumir todos los gastos de desinstalación. Ni el diseño discreto ni los argumentos visuales lo han salvado salvaron.
Ley de Propiedad Horizontal
La resolución, dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, recuerda que modificar la fachada del edificio sin autorización vulnera la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Y aunque parezca un detalle menor, alterar un elemento común –como la estética de la fachada o la cubierta– tiene consecuencias legales inmediatas.
Según informa El Economista, el caso comenzó cuando el propietario decidió instalar unas cristaleras sin marcos visibles, convencido de que el impacto sería mínimo. Alegó que la intervención no afectaba al edificio y que la comunidad no tenía motivo para quejarse. Sin embargo, los vecinos consideraron que el cambio rompía la uniformidad visual del bloque y presentaron denuncia.
Ampliación de la cubierta de la terraza
En un primer momento, el Juzgado de Primera Instancia nº6 de Marbella dio la razón al vecino, al no encontrar una prohibición explícita en los estatutos. Pero la comunidad no se dio por vencida y apeló, insistiendo en que la obra había requerido ampliar la cubierta de la terraza, elemento común aunque de uso privativo.
La Audiencia Provincial revisó los hechos y no dejó lugar a dudas: el cerramiento constituía una alteración visible de la fachada. Según el artículo 7 de la LPH, cualquier propietario puede modificar su vivienda siempre que no altere ni la seguridad ni el aspecto exterior del edificio, y, además, debe comunicarlo previamente a la comunidad.
En este caso, el hombre no lo hizo. Por eso, el tribunal revocó la sentencia anterior y declaró que el acristalamiento "supone una alteración de la configuración y del estado exterior del conjunto residencial". En consecuencia, ordenó su desmontaje y la restauración de la vivienda "a su propio coste".
La sentencia deja claro que el pago es inevitable: si el propietario no lo retira, la comunidad podrá hacerlo por su cuenta y exigirle el importe completo. El objetivo es sencillo: preservar la estética común y evitar precedentes que abran la puerta a modificaciones sin control.
El fallo también sirve como recordatorio para cualquier vecino tentado a improvisar reformas sin comunicarlo: por muy bonito que quede el cristal, la fachada es de todos. Y cuando se toca lo común sin permiso, la factura –tarde o temprano– acaba llegando al buzón.
Fotos | Pexels
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